Cifrely. ← Todas las calculadoras
ENES
México · LFT Art. 87 · datos 2026

¿Cuánto te toca de aguinaldo en 2026?

Mínimo 15 días de salario, pagado antes del 20 de diciembre — y si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional (sí, aunque hayas renunciado). Además te decimos cuánto está exento de ISR.

Calcula tu aguinaldo

Tu aguinaldo estimado

Cómo se desglosa

Estimación con el salario base. Si tu ingreso incluye comisiones o pagos variables, el aguinaldo se calcula con el promedio. No incluye la retención exacta de ISR sobre el excedente — eso depende de tu tarifa. No es asesoría legal ni fiscal.

Envíame mi cálculo + recordatorio antes del 20 de diciembre

Metodología y fuentes de datos

El aguinaldo mínimo legal en México son 15 días de salario por año trabajado (Art. 87 de la Ley Federal del Trabajo), pagaderos antes del 20 de diciembre. Si trabajaste menos de un año, te corresponde la parte proporcional: (días de aguinaldo × salario diario) × (días trabajados ÷ 365). El salario diario se calcula dividiendo tu sueldo mensual entre 30. Si tu empresa otorga más de 15 días por contrato, aplica el número mayor. El aguinaldo está exento de ISR hasta 30 días de UMA (Art. 93, fracción XIII de la LISR): con la UMA diaria 2026 de $117.31, el monto exento es $3,519.30; solo el excedente se grava. Es un derecho irrenunciable: se debe aunque renuncies, te despidan o la empresa tenga pérdidas, y puedes reclamarlo ante la PROFEDET (gratuita) hasta un año después. Nuestro Freshness Keeper revisa la UMA y las reglas cada año.

Reglas verificadas al 18 de julio de 2026 — LFT Art. 87, LISR Art. 93-XIII, UMA 2026 ($117.31) · No es asesoría legal ni fiscal.

Fuentes: Ley Federal del Trabajo (Art. 87) · LISR Art. 93 XIII (30 UMA exentas) · INEGI — UMA 2026 · PROFEDET

Preguntas frecuentes

¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo?

Antes del 20 de diciembre, sin excepción. Enero ya es violación de la LFT — puedes reclamar ante la PROFEDET hasta un año después.

¿Me toca si renuncié a mitad de año?

Sí — la parte proporcional por tus días trabajados se paga en tu finiquito. Es irrenunciable.

¿El aguinaldo paga ISR?

Solo el excedente sobre $3,519.30 (30 UMA en 2026). Si tu aguinaldo es menor, no paga nada.

¿Y si mi empresa "no tiene dinero"?

Se debe igual. Las pérdidas de la empresa no eliminan la obligación.

Herramientas relacionadas